Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 151/2022 al director general de la Comisión Federal de Electricidad-Distribución (CFE-Distribución), Guillermo Narváez Elizondo, tras comprobar violaciones a los derechos humanos a la vida y a una vivienda adecuada, como consecuencia de la indebida instalación de cableado eléctrico de media tensión, lo que provocó la muerte por descarga eléctrica de una persona, tras un contacto accidental con cables colocados a baja distancia en la azotea del inmueble ubicado en la colonia Privadas de la Torre, en el municipio de Saltillo, estado de Coahuila.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 139/2022 al director de Pensiones Civiles del estado de Chihuahua, Francisco Hugo Gutiérrez Dávila, por no aceptar una resolución emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chihuahua (CEDH Chihuahua) sobre un caso de violación al derecho humano a la protección de la salud de una persona adulta mayor.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 147/2022 al gobernador del estado de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, por violaciones a los derechos humanos a la educación y a la igualdad en agravio de los estudiantes de la Escuela Normal Rural “Vasco de Quiroga”, así como por la violación al derecho humano a la integridad y seguridad personal de siete estudiantes que resultaron lesionados por un camión de la policía estatal.

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Asunto:

La CNDH aclara que no ha participado ni ha sido consultada respecto a esas supuestas negociaciones, que involucran el compromiso de una reunión de esa persona con la presidenta Rosario Piedra Ibarra quien, muy por el contrario de lo que se ha dicho, no tiene más superior jerárquico que el pueblo al que sirve, y menos recibe indicaciones de ningún funcionario, porque justamente en eso reside su autonomía, necesaria para garantizar el cumplimiento de su misión constitucional.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia en agravio de V1, por parte del Instituto Politécnico Nacional; así como al derecho a la verdad y al acceso a la justicia con perspectiva de género, en agravio de V1, VI1, VI2, VI3, VI4 y VI5, atribuible a personal de la Fiscalía General de la República, en la Ciudad de México

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 66VG/2022, al titular de la Secretaría de Marina (SEMAR), almirante José Rafael Ojeda Durán, por violaciones graves a los derechos humanos a la vida, a la integridad y seguridad, y por el uso ilegítimo de la fuerza, atribuibles a por lo menos dos de sus elementos, quienes infligieron lesiones contra una víctima que circulaba abordo de su vehículo en la ciudad de Matamoros, en el estado de Tamaulipas.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 65VG/2022 al titular de la Secretaría de Marina (SEMAR), almirante José Rafael Ojeda Durán, por violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal, al trato digno por actos de tortura, y el derecho a la intimidad y vida privada en agravio de una víctima, atribuibles a elementos de la SEMAR en Tecomán, Colima.

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Asunto:

Sobre el caso de las violaciones a derechos humanos a la vida, a la seguridad jurídica por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la pérdida de la vida de V, atribuible a elementos de la Secretaría de Marina, así como al acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la verdad, en agravio de QVI, VI1 y VI2 atribuibles a personal de la Fiscalía General de la República y de la Procuraduría General de justicia del Estado de Baja California Sur.

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Asunto:

Sobre el caso de Violaciones Graves a Derechos Humanos, a la integridad personal, al trato digno por actos de tortura, y el derecho a la intimidad y vida privada en agravio de V, por elementos de la Secretaría de Marina en Tecomán, Colima.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a Derechos Humanos a la vida, a la integridad y seguridad personal, derivado del uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, por atentar contra la vida y producir lesiones de carácter permanente en agravio de V, atribuibles a elementos de la Secretaría de Marina.

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