Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso en sede administrativa, a la unidad familiar, a la libertad de tránsito, en agravio de V, persona con residencia temporal vigente en el país, de nacionalidad cubana, inadmitida por el Instituto Nacional de Migración en el aeropuerto internacional de Cancún, Quintana Roo.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a salud, a la vida y al interés superior de la niñez de V1, V2, V3, V4, V5, V6 y V7, y de manera colectiva, a la salud, alimentación, educación y nivel de vida adecuados de la comunidad indígena Rarámuri de Choréachi, en el municipio de Guadalupe y Calvo, Chihuahua.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad personal y libertad de tránsito, en agravio de QV1, V1, V2 y V3 de nacionalidad venezolana y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V2 y V3, que fueron aseguradas por elementos del Instituto Nacional de Migración, en el estado de Nuevo León a pesar de contar con regular estancia en el país.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, en el Hospital General de Zona Número 3 del IMSS, en Navojoa, Sonora.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la vida, por la inadecuada atención médica en agravio de V, que derivó en una mala calidad de vida, por parte de personal médico del consultorio Monterrey de Pemex, Hospital General Cadereyta de Pemex, Hospital Regional Ciudad Madero de Pemex, así como del Hospital Regional Reynosa de Pemex
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, por la retención ilegal en agravio de QVD, VD1, VD2 y VD3, por violencia sexual en agravio de QVD y VD1, así como por omisión de garantizar el interés superior de la niñez en agravio de VD1, VD2 y VD3 por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en Ecuandureo, Michoacán.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en lo sucesivo Protocolo Facultativo); 78, fracción XIV de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Ley General en adelante) y en el 40 del Reglamento del MNPT, este Mecanismo debe emitir su Informe Anual de Actividades, con el objetivo de brindar un diagnóstico de la situación que impera en la República Mexicana en materia de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, incluyendo especialmente los informes sobre visitas a lugares de privación de libertad, recomendaciones formuladas a las autoridades de los tres órdenes de gobierno y el nivel de cumplimiento de las mismas. Por ello, el presente documento tiene como objetivo dar cuenta de las diversas actividades realizadas por el MNPT durante el período comprendido de enero a diciembre de 2021, de conformidad con el artículo 191 del Protocolo Facultativo, relacionado con el examen periódico sobre el trato de las personas privadas de su libertad en los lugares de detención.
Texto de prueba_21_agosto 2023 Del 30 de enero al 3 de febrero de 2023, el MNPT efectuó visitas de supervisión a Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales con el objetivo de conocer las condiciones de privación de la libertad y trato a las personas en contexto de movilidad en el norte del país e identificar, desde un enfoque diferencial y especializado, los factores de riesgo que, de no atenderse, pudieran constituir tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes.
Sobre el caso de violaciones a derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal por uso excesivo de la fuerza que derivó en tratos crueles, inhumanos o degradantes, a la protección de la salud en relación a la salud mental, al acceso a la justicia y a la verdad, así como a la seguridad jurídica y a la legalidad, en agravio de V, persona que se encontraba privada de la libertad en el Centro Penitenciario Federal en Ramos Arizpe, Coahuila
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura, así como a la libertad personal, seguridad jurídica y legalidad por retención ilegal, en agravio de V, atribuibles a elementos de la entonces Polícia Federal, en Morelia, Michoacán.




