Asunto:

La CNDH ha acordado iniciar, en todos los términos la queja interpuesta por Mario Aburto Martínez, misma que fue presentada inicialmente por sus familiares, y en la que señalan presuntos actos violatorios de sus derechos humanos, en lo sustancial que no se le brinda atención médica, ni la alimentación que requiere con motivo de los padecimientos crónicos que presenta, por lo que se encuentra muy débil y deteriorado en su estado de salud; pero además, que es víctima desde el año de 1994 hasta la fecha, de diversas conductas, como tratos crueles, inhumanos, degradantes, y de tortura, que vulneran su integridad física y psicológica.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a derechos humanos a la integridad y seguridad personal, así como al trato digno por actos de tortura en agravio de V1, V2 y V3, atribuibles a la entonces Policía Federal, en el Estado de Jalisco

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica por la retención ilegal; a la integridad personal por actos de tortura cometidos en agravio de V, atribuibles a elementos de la polícia federal, en Valle Hermoso Tamaulipas, así como al acceso a la justicia en su modalidad de Procuración de Justicia cometido en agravio de V, atribuible a personal ministerial de la actual Fiscalía General de la República.

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Asunto:

Sobre el caso de la violación a los derechos al trato digno, a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, así como a la seguridad jurídica y a la legalidad en agravio de V, interno en el Centro Federal de Readaptación Social No. 13, en Miahuatlán de Porfirió Díaz, Oaxaca.

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