Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reitera su llamado para que se lleve a cabo una discusión abierta, responsable e incluyente sobre la eliminación de la llamada “violencia vicaria”, en la cual diversos grupos de la sociedad tengan espacios para dar a conocer sus opiniones y posiciones, mismas que deben ser escuchadas a fin de enriquecer la defensa y protección de los derechos humanos de niñas, niños, adolescentes y mujeres.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la igualdad y no discriminación, y a la no observancia de los principios de interpretación conforme y del interés superior de la niñez, por la negativa en el otorgamiento de cuidados paternos en agravio de V1, V2, V3, V4 y V5 atribuibles al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, principio de interés superior de la niñez, debida diligencia reforzada y daño al proyecto de vida en agravio de V por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el estado de San Luis Potosí, San Luis Potosí.

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Asunto:

El 18 de agosto de 2022, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), mediante el oficio CNDH/P/305/2022, hizo del conocimiento del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la importancia de que, dentro de la discusión por la eliminación de la llamada “violencia vicaria”, se generen espacios de intercambio de opiniones y se abra el diálogo entre diferentes actores, desde una perspectiva de derechos humanos, en forma integral, responsable y considerando el interés superior de la niñez, a la vez que hizo un llamado para que se otorgara un espacio a organizaciones de la Sociedad Civil, con el fin de escuchar las voces de diversas personas, que permitieran abonar al debate y construir posturas que enriquezcan la defensa, promoción y protección de los derechos humanos, específicamente de las niñas, niños y adolescentes. Este llamado volvió a ser reiterado recién hace unos días, sin respuesta hasta la fecha.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhorta a las autoridades federales y estatales a adoptar de inmediato acciones de acompañamiento a las niñas, niños y adolescentes, que han sido víctimas de violaciones a sus derechos a través de videojuegos en línea, así como para salvaguardar los mismos, mediante campañas informativas, sobre los peligros de estos y de ciberseguridad.

Asunto:

De acuerdo con INEGI, de 2016 a 2020, los 33 organismos públicos que conforman el Sistema No Jurisdiccional de Protección a Derechos Humanos en el país han emitido 8 mil 285 instrumentos recomendatorios.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 116/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por vulnerar los derechos humanos a la protección de la salud, a la integridad personal y a la información en materia de salud, en agravio de una mujer a quien se le practicó una intervención quirúrgica innecesaria, debido a un mal diagnóstico y a la inadecuada atención médica de personal adscrito a la Unidad de Especialidades Médicas de Detección y Diagnóstico de Cáncer de Mama (UNEME-DEDICAM) de la Secretaría de Salud, y del Hospital General Regional Número 1 (HGR-1), ambos en el estado de Querétaro.

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Asunto:

Sobre el caso de violación a los derechos humanos al trato digno, a la seguridad jurídica, a la protección de la salud, y al interés superior de la niñez, de diversas personas en contexto de migración internacional, alojadas en la Estación Migratoria del Instituto Nacional de Migración en Palenque, Chiapas.

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Asunto:

Ante la información suscitada en torno al hallazgo de un menor de edad encontrado sin vida al interior del Centro Penitenciario de San Miguel, Puebla, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aclara que no ha ejercido la facultad de atracción del caso ni realiza investigación alguna al respecto.

Esta Comisión Nacional es respetuosa de las facultades y atribuciones de los organismos estatales de derechos humanos, señalados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Así también lo es de la labor de las autoridades a las que corresponde la investigación de los hechos denunciados.