Ante las numerosas barreras físicas, de información, comunicación y tecnológicas que enfrentan las personas con discapacidad (PCD) en el disfrute de bienes y servicios, el Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, exhorta al Congreso de la Unión a cumplir con el compromiso internacional de reconocer, respetar y garantizar sus derechos, en particular el derecho a la accesibilidad, mediante la creación de una Ley General de Accesibilidad.
El Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, exhorta al Ejecutivo Federal, a los gobiernos locales y al sector privado, a implementar de manera urgente e inmediata medidas solidas al máximo de los recursos disponibles para asegurar el acceso universal a los sitios web, a las aplicaciones móviles, así como a las tecnologías de la información y las comunicaciones a las personas con discapacidad (PCD).
Sobre el recurso de impugnación de R promovido en contra de la no aceptación de la Recomendación 69/2017 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chihuahua, por parte de la Presidencia Municipal de Rosales, Chihuahua.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad, libertad personal, al honor y a la dignidad, en agravio de V.
Sobre el caso de violaciones graves por la detención arbitraria y desaparición forzada de personas, cometidas en agravio de V1, así como al derecho a la verdad y al acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia en agravio de V1 y de sus familiares, por la falta de debida diligencia en las investigaciones.
Sobre el caso de violaciones al derecho a la igualdad y no discriminación laboral y a la protección de la maternidad de las trabajadoras en agravio de V1, en la Universidad Pedagógica Nacional.
Sobre el caso de la vulneración a los derechos humanos a la vida, a la vivienda y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V1 y sus familiares, por la indebida proximidad de las líneas aéreas de media tensión, con un inmueble en Boca del Río, Veracruz.




