La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en observancia al reconocimiento de las prerrogativas consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, da seguimiento a los casos de mexicanos sentenciados a la pena de muerte en el extranjero, coadyuvando a evitar su aplicación y apelando al derecho de la conmutación de la pena, consagrado en el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) da seguimiento puntual al estado procesal de 53 mexicanos que enfrentan una condena de pena de muerte, dos en China y 51 en los Estados Unidos de América. De estos últimos, 30 casos forman parte de la demanda original presentada en 2003 por México contra el gobierno estadounidense del “Caso Avena”, por haber iniciado proceso judicial y dictar sentencia de pena de muerte, sin haber notificado esta situación al consulado mexicano, situación considerada como una violación a la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, firmada y ratificada por ambos países.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha señalado en múltiples ocasiones su oposición a la pena de muerte en todos los casos sin excepción, con independencia del carácter o las circunstancias de la conducta delictiva y reitera su rechazo en su aplicación toda vez que la pena capital es de irreparables efectos y se ha mostrado su ineficacia como factor contención real de la delincuencia y su aplicación no garantiza la impartición de justicia y contraria a lo proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Dar a conocer los lugares donde la pena de muerte es permitida, donde la pena de muerte puede darse, y el porqué.